EN BUSCA DE UN MEJOR AMANECER
“SALUD PARA TODOS”
Ley que dispone las especificaciones para la implementación del Sistema de Seguridad Social Integral.
static2.elespectador.com/files/images/nov2008
Con el presente escrito se quiere establecer a la salud como derecho fundamental e indispensable al cual debe tener acceso todo ser humano con el fin de que pueda llevar una vida digna, se define así el derecho a la salud como aquella virtud de la que debe gozar toda persona y grupo social, involucrando un acceso de disponibilidad universal a servicios de buena calidad constituyendo de esta manera al Estado como asegurador para acceder a todos sus servicios sin importar la condición económica, cultural, física o mental en la que se encuentre la persona afectada.
Además se considera que en la actualidad la salud se ha convertido en un negocio de mayor lucro económico partir de la expedición de la Ley 100 de 1993, por esto es muy importante que los usuarios conozcan totalmente los deberes de las entidades de salud y sus derechos como afiliados para que la EPS (Entidades Promotoras de Salud) no se aprovechen y saquen ventaja de las circunstancias.
Colombia según su mecanismo de prestación de salud se ve encaminada por tres clasificaciones de las cuales dos son las mas presentes; El Régimen Contributivo al cual pertenece toda clase de ciudadano que puedan tribuir unos fondos que son destinados para la prestación del servicio de la salud los cuales tienen el destino de ir al Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA), dependiendo de su ponderación laboral y económica estos deben pagar un total del 12%, la entidad en la que trabaja le paga el 8% y el empleado le corresponde el 4% haciendo la aclaración de que es Estado no les da la oportunidad de decir sí o no están de acuerdo con este régimen, sino por el contrario de manera sigilosa son afiliados a las EPS( Entidades Prestadoras de Salud) sacando partida de los mismos. La segunda clasificación es identificada como el Régimen Subsidiado donde el Estado es quien da todo y suministra la prestación de este servicio a través de EPS públicas, aquí las personas no pagan dinero por la prestación del servicio de salud.
En la actualidad se nota la mala calidad de los servicios de salud prestados por las EPS (entidades Promotoras de Salud), siendo este uno de los problemas más comunes pero no tan solo el único, sino también un secundario que se centra en la ausencia de médicos que presten una atención oportuna a los usuarios llevando de esta manera a la muerte de muchos pacientes que no tienen los recursos necesarios para acceder particularmente a una cita oportuna y uno tercero que hace referencia al a pérdida de autonomía de los médicos para formular a sus pacientes, pues estos no tienen la libertad suficiente por la limitación del Plan Obligatorio de Salud (POS) o por los intereses de las EPS ( Entidades Promotoras de Salud).
Es verdad que la salud se ha convertido en la mayor negociación productora de dinero y que hoy en día esta no existe como derecho promulgado en la Constitución Colombiana de 1991, pero si se tiene en cuenta su validez por tener un lazo muy fuerte con el derecho fundamental de la vida validando de esta manera a la salud, siempre y cuando la persona se encuentre en riesgo de muerte, como se plantea inicialmente en las dos cuestiones sobre las que gira esta problemática teniendo en cuenta los interrogantes de que Si será necesario de que los usuarios deban acudir a la tutela?...Claro que si se hace necesario para que no colapse el sistema de salud, pero también surge la necesidad de una racionalización para equilibrar y cumplir con el régimen de salud sin excederse, pues resulta absurdo e innecesario a las cuales no se les encuentra gravedad en su salud tengan el cinismo y descaro de solicitar medicamentos, procedimientos y tratamientos para embellecerse o simplemente obtener una mejor apariencia, citando el ejemplo más común como la mamo plastia.
Es verdad que a la salud y la vida tienen derecho todos pero sin excederse ni sobrepasarse de un marco que no es permitido tanto ética como moralmente.
Por otra parte se tiene en cuenta que la salud tiene alarmado al Gobierno porque el tema se ha convertido en un negocio, donde se han sacado provecho las industrias farmacéuticas, EPS y abogados que cada vez más están cobrando por asesorar a pacientes para que les acepten las tutelas. “El dilema es: que se le da POS a más gente o se lo complementa mejor” porque “La salud es un bien que por su carácter se encuentra protegido por las personas que por su condición económica, física o mental se hallan en circunstancial de debilidad por lo cual su naturaleza existencia imponen un tratamiento prioritario preferencial por parte del poder público y el legislador con miras a su protección efectiva.
La solución que se plantea es que mas allá de toda tutela, sentencia de la Corte Constitucional, y de las personas enfermas, lo que verdaderamente interesaría es eliminar las EPS (Empresas Promotoras de Salud) con el único fin de que este dinero que les es entregado se otorgado a la persona para ser administrado con el fin de mejorar la calidad d e la salud, además se busca que el Estado promueva políticas de promoción y prevención de la salud pero no como hasta ahora se ha llevado, sino por el contrario con mas profundidad buscando así evitar que las personas se enfermen y evitar todo tipo de problemas sociales y legales.